Peru

Marco regulatorio

Introducción

Perú también goza de un marco normativo de prevención en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Entre las normas a destacar entcontramos el Decreto Legislativo N° 1249, Decreto Legislativo que dicta medidas para fortalecer la prevención, detección y sanción del lavado de activos y el terrorismo; así como Decreto Legislativo Nº 1106, Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado.

Unidad de Inteligencia Financiera

La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú fue concebida de la mano de la Ley 27693. Dicha ley ha sido modificada con el paso del tiempo haciendo que la UIF peruana se incorpore orgánicamente a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones — SBS —.

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Sujetos obligados

El régimen jurídico de Perú en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo instituye como sujeto obligado a ciertas personas y entidades en función de la actividad económica que desarrollen.

Entre estos sujetos destacan las entidades de crédito y los bancos, las compañías aseguradoras, los portales de compraventa de criptomonedas, las empresas mineras y las que se dedican al comercio de joyas, metales y piedras preciosas, así como los abogados y contadores públicos.

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 > PEPs

Definición de PEP

La normativa peruana define como persona expuesta políticamente a los siguientes cargos:

  • El jefe de Estado, el presidente del Consejo de Ministros, los ministros, viceministros y secretarios generales del Poder Ejecutivo.
  • Los gobernadores regionales y alcaldes.
  • Los congresistas, miembros del parlamento o cargos similares.
  • El presidente del Poder Judicial y el presidente de la Corte Suprema de Justicia; los jueces supremos, jueces superiores, jueces especializados o mixtos.
  • El fiscal de la Nación, los fiscales supremos, fiscales adjuntos supremos, fiscales superiores y fiscales provinciales.
  • Los altos cargos de las Fuerzas Armadas, como los comandantes generales, así como el director general de la Policía Nacional.
  • Los directores de empresas con participación estatal mayoritaria en el capital social.
  • Los miembros de órganos colegiados de entidades públicas, organismos públicos reguladores, supervisores especializados, ejecutores y organismos constitucionalmente autónomos.
  • Los embajadores, cónsules y ministros plenipotenciarios.
  • Los funcionarios y servidores del órgano encargado de las contrataciones y adquisiciones.
  • La máxima autoridad de la organización internacional en la ejecución de las políticas y decisiones del directorio.
  • Los miembros de los órganos directivos y los candidatos a elecciones de los partidos políticos o alianzas electorales.

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Duración de los PEPs

Cuando las personas expuestas políticamente hayan dejado de desempeñar sus funciones, los sujetos obligados seguirán aplicando las medidas previstas para este tipo de clientes por un periodo mínimo de cinco años

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Listas incluidas

PEPs
  • Web Oficial del Parlamento de Perú
  • Gobierno de Perú
  • Web del Ministerio de Salud

Sujetos

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